COLEGIACIÓN
La COLEGIACIÓN es OBLIGATORIA, para el ejercicio de la actividad profesional.
Pueden colegiarse:
Los españoles y otros ciudadanos de la Unión Europea que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- que estén en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial (Especialidad: Mecánica, Electricidad, Electrónica, Química, Textil y Diseño Industrial);
- que hayan obtenido del Ministerio de Educación y Cultura la convalidación de título extranjero por el indicado en el punto anterior;
- los extranjeros, no ciudadanos de la Unión Europea, que cumplan la siguiente condición:
haber obtenido la convalidación de un título extranjero por el indicado en el punto 1º. Para este caso, será necesario presentar la documentación al Consejo General de Ingenieros Técnicos Industriales que dará la conformidad oportuna.
DOCUMENTOS PARA COLEGIARSE
Para formar parte del Colegio, son necesarios los siguientes requisitos:
- Original y Fotocopia de uno cualquiera de los tres documentos siguientes:
- Título Académico
- Resguardo definitivo sellado por la Escuela Universitaria, que acredite haber abonado los derechos del Título y haber finalizado la carrera
- Certificación Académica Personal, en la que se especifique que se ha obtenido la Ingeniería Técnica Industrial correspondiente.
- Fotocopia del DNI ó del pasaporte
- Dos fotografías tamaño carnet
- Currículum Vitae, en caso de inclusión en bolsa de trabajo.
- Cumplimentar los siguientes impresos: Solicitud de Colegiación, y tarjeta de Domiciliación Bancaria.
Solicitud de colegiación
Impreso de domiciliación bancaria
CUOTAS COLEGIALES PARA EL AÑO 2.007
Las cuotas colegiales para el año 2.007 son:
- Colegiado General: 48,08 € al año
- Colegiados recién titulados: Gratuita en caso de situación de desempleo
- Jubilados: Gratuita, siempre y cuando tengan una antigüedad mínima de Colegiado de 7 años.